Todo sobre el Proyecto de NOM-037 para proteger a los teletrabajadores
La NOM-037 es casi una realidad, esta norma oficial regulará las condiciones de seguridad y salud del trabajo remoto, con la finalidad de establecer y tomar medidas para prevenir los riesgos que conlleva este esquema laboral y proteger la salud y el bienestar de los trabajadores.
Esta nueva norma se generó a partir de la publicación del 11 de enero de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), del Decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo. En el que se reconoce y define al teletrabajo o home office como una modalidad de empleo y se establece cómo deben ser las relaciones laborales entre patrones y colaboradores en esta forma de trabajo.
Además, en este Decreto se otorgó un plazo de 18 meses a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), contados a partir de su entrada en vigor, para publicar una Norma Oficial Mexicana que rigiera las obligaciones en materia de seguridad y salud para el teletrabajo.
El pasado 15 de julio, en cumplimiento del plazo otorgado, se publicó en el DOF el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Este Proyecto involucra a todos los trabajadores y patrones, cuya relación laboral se lleva cabo en lugares distintos al centro de trabajo de la organización, y el contacto entre ellos se realiza a través de medios de comunicación tecnológicos. La NOM-037 aplicará solo para el desarrollo de actividades que utilicen los trabajadores remotos con las tecnologías de la información y comunicación, durante más del 40% de su jornada laboral semanal.
Es un hecho que el trabajo remoto llegó para quedarse, la pandemia aceleró la transición hacia esta nueva forma de trabajo, y así como ha sido importante la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para regular el teletrabajo, es fundamental contar con esta nueva norma oficial para prevenir y evitar riesgos físicos, ergonómicos y psicosociales durante el desempeño de las labores bajo esta modalidad, así como promover un ambiente seguro y saludable en el entorno en el que los trabajadores prestan sus servicios.
Ya que, aunque no todos los puestos de trabajo pueden desempeñarse a distancia ni todas las empresas continúan trabajando de forma remota, se calcula que en México alrededor de 13 millones de personas están en posibilidades de trabajar en esta modalidad, así, a la par de los beneficios, existen también riesgos que pueden afectar su salud, y que debido a encontrarse fuera del centro de trabajo requieren de una protección especial.
Por esta razón, en el Proyecto se contemplaron las condiciones elementales y las medidas específicas de prevención que deberán adoptarse en los lugares de trabajo que determinen de común acuerdo los patrones y las personas teletrabajadoras, con el fin de detectar los riesgos que puedan poner en peligro su integridad física, su vida y su salud a través de una normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo acorde con los avances tecnológicos y con enfoque preventivo de las enfermedades laborales y accidentes de trabajo.
Algunas de las obligaciones del patrón para cumplir con la NOM-037 son:
- Contar con un listado actualizado de las personas teletrabajadoras.
- Verificar que el (los) lugar(es) de trabajo que la persona teletrabajadora acuerde, cumplan con las condiciones adecuadas.
- Asegurarse de que la persona teletrabajadora cuente con internet, un lugar ventilado, luz y otros servicios para llevar a cabo su trabajo. Todo ello estará estipulado por escrito. Además de la computadora, deberán proporcionar sillas ergonómicas y el equipo necesario para que su salud no se vea afectada.
- Establecer, por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo y entre las personas teletrabajadoras una Política de Teletrabajo.
- Implementar mecanismos para que el empleado no se aísle, como reuniones virtuales o que asista a su oficina en algunas ocasiones.
- Procurar la salud física y mental de la persona; la STPS propone una guía de acciones y ejercicios para ello.
- Establecer el inicio y término de la jornada laboral, con el fin de que la gente encuentre un equilibrio entre sus tareas y su vida personal.
- Informar a las personas teletrabajadoras de los riesgos relacionados con la actividad que desarrollen, y de la posible exposición a los agentes y a los factores de riesgo, tanto ergonómico como psicosocial, así como de las posibles consecuencias para la salud asociados a estas exposiciones. Un accidente en casa durante la jornada laboral se considera riesgo de trabajo.
- Contar con la validación de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, a través de quien éste determine, a fin de que se cumplan con las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
- La empresa podrá revertir el trabajo remoto, siempre y cuando se establezcan mecanismos previamente con el trabajador.
- Contar con una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y familiar.
Por su parte, algunas de las obligaciones de los colaboradores que trabajan de forma remota, son:
- Conocer la Política de Teletrabajo que establezca el patrón.
- Brindar por escrito a la empresa el permiso para que puedan verificar el lugar de trabajo.
- Informar al patrón cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del teletrabajo en el (los) lugar (es) de trabajo acordado (s).
- Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de teletrabajo y de la capacitación que le proporcione el patrón.
- Cuidar el equipo y materiales que se les proporcionen en su empresa.
- Avisar a su empresa, en caso de sufrir un accidente en casa o que esté relacionado con su labor.
- Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, desde donde realiza las actividades de teletrabajo.
A partir del día que fue publicado el Proyecto de la NOM-037, los interesados cuentan con 60 días natulares para presentar sus comentarios o propuestas de cambios y modificaciones al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para que una vez concluido el plazo, la autoridad analice los comentarios y elabore un proyecto de respuestas, que también estará sometido a un análisis. De esta forma, la NOM-037-STPS-2022 quedará lista y se publicará en el DOF, para que entre en vigor en un plazo no menor a los 180 días naturales posteriores a su publicación.
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