Pulso Laboral

Exceder la jornada laboral: Un nuevo delito en la Ley General en Materia de Trata de Personas en México

Escrito por Kelly México | 21/08/2024 02:47:01 AM

La Ley General en Materia de Trata de Personas en México ha sido un pilar en la protección de los derechos humanos, abarcando múltiples dimensiones de la trata y explotación. Una reciente adición a esta ley ha generado un sinfín de debates tanto en el ámbito laboral como en diversos sectores empresariales. El Artículo 21 de esta ley ahora incluye como delito, el exceder la jornada laboral permitida por la Ley Federal del Trabajo, con penalidades severas que buscan erradicar prácticas laborales abusivas.

 

El Artículo 21 establece: 

"Será sancionado con pena de 3 a 10 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días multa, quien explote laboralmente a una o más personas. Existe explotación laboral cuando una persona obtiene, directa o indirectamente, beneficio injustificable, económico o de otra índole, de manera ilícita, mediante el trabajo ajeno, sometiendo a la persona a prácticas que atenten contra su dignidad, tales como: IV. Jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la Ley".

 

En el contexto de esta adición, la explotación laboral se ha redefinido para incluir jornadas de trabajo que excedan lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo, la cual establece una jornada máxima de ocho horas diarias y 48 horas semanales.

 

El sector empresarial ha recibido esta modificación con una mezcla de preocupación y escepticismo. Para muchos pequeños empresarios, este cambio representa un desafío considerable. Por su parte, el Consejo de Coordinación Empresarial (CCE) reconoce la importancia de proteger los derechos laborales, pero también subraya los desafíos operativos que esta medida podría representar para las empresas, especialmente para las pequeñas y medianas (PYMES). Según el CCE, la amenaza de encarcelamiento podría crear un ambiente de incertidumbre y miedo, afectando tanto la inversión como la generación de empleo.

 

La Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) ha adoptado una postura similar, enfatizando la necesidad de equilibrio entre las regulaciones laborales y la operatividad empresarial. La confederación ha sugerido que, aunque la intención de la medida es loable, podrían ser necesarios periodos de adaptación y programas de capacitación para que las empresas puedan ajustarse a las nuevas normativas sin afectar su competitividad ni su capacidad para generar empleo. La COPARMEX también hace un llamado al diálogo entre el gobierno y el sector empresarial para buscar soluciones que permitan el cumplimiento de la ley sin perjudicar a las empresas.

 

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA) ha expresado su inquietud acerca de las repercusiones económicas que esta medida podría traer consigo. En particular, la cámara ha señalado que las fluctuaciones en la demanda y las contingencias económicas a menudo requieren flexibilidad en los horarios laborales. Los representantes de CANACINTRA argumentan que penalizar a los empleadores por exceder las jornadas laborales podría poner en riesgo la viabilidad de muchas empresas, especialmente en sectores que dependen de tiempos de producción variables.

 

No obstante, otros dentro del sector empresarial han reconocido la importancia de erradicar prácticas laborales injustas y ven esta medida como un paso hacia la profesionalización y humanización del entorno laboral en México. Por otro lado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha defendido esta medida como un avance significativo en la protección de los derechos laborales. Según la STPS, la implementación de sanciones penales es esencial para disuadir a los empleadores de prácticas abusivas y garantizar un ambiente laboral digno y justo. La STPS también ha señalado qué planes de capacitación y apoyo serán necesarios para ayudar a las empresas, especialmente a las pequeñas y medianas, a cumplir con las nuevas regulaciones sin causar un detrimento en su operatividad.

 

En conclusión, podemos establecer los siguientes hechos:

  1. Protección de Derechos Humanos: La nueva disposición del Artículo 21 representa un avance crucial en la protección de los derechos humanos en el ámbito laboral. Establece límites claros y no negociables sobre lo que constituye una jornada laboral adecuada.
  2. Desafíos para Pequeños Empresarios: La medida podría presentar desafíos considerables para pequeños empresarios que dependen de la flexibilidad laboral para operar eficientemente. Sin embargo, la profesionalización y cumplimiento de la ley a largo plazo pueden generar beneficios sostenibles.
  3. Responsabilidad y Cumplimiento: La amenaza de sanciones severas, incluyendo la cárcel, subraya la responsabilidad de los empleadores de respetar los derechos laborales. Esta política procura generar un cambio de paradigma, promoviendo prácticas laborales más justas y humanas.
  4. Apoyo Gubernamental: La postura de la STPS sugiere que habrá un esfuerzo concertado para ofrecer apoyo y capacitación a las empresas, ayudándoles a adaptarse a la nueva normativa sin afectar su operatividad.


Este cambio legislativo pueda parecer drástico, es un paso necesario hacia la creación de un entorno laboral más equitativo y respetuoso en México, aunque queda ambiguo en algunas partes. El balance entre la protección de los derechos laborales y la operatividad empresarial será crucial para el éxito de esta medida.