De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el Reparto de Utilidades o PTU es el derecho constitucional que tienen los empleados para recibir un porcentaje de las ganancias que obtiene un patrón o una empresa por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
Suma que se recibe a más tardar el día 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una organización (persona moral), mientras que las personas que laboran para un patrón (persona física) tienen derecho a recibir el pago con fecha límite del 29 de junio.
Ahora bien, el derecho de utilidades no aplica para directores, administradores y gerentes generales, trabajadores domésticos, artesanos y técnicos o cualquier persona que preste sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
Igualmente, las instituciones públicas de los tres Poderes de la Unión, el Gobierno Federal y los Estados de la República y las empresas constituidas como organismos descentralizados.
Sin embargo, existe la idea equivocada que los trabajadores contratados por la modalidad de outsourcing o tercerización no tienen derecho a esta prestación, misma que, al ser incumplida, puede conllevar multas que van desde los 50 a los 500 salarios mínimos vigentes según la anteriormente mencionada Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
La Junta Conciliación y Arbitraje estableció que el pago de las utilidades será responsabilidad de la firma de subcontratación. Por lo que esta obligación recae en la empresa con la que el trabajador tiene firmando el contrato laboral y no por parte de la organización para la que trabajan. Añadiendo que debes de tener claro que si estás contratado por alguno de estos esquemas también tienes derecho a antigüedad, seguridad social, aguinaldo, Afore, Infonavit, vacaciones, prima vacacional y a un contrato por escrito.
Recalcando que, si en tu trabajo se niegan a cumplir con la entrega de utilidades argumentando tu esquema de contratación, están infringiendo los derechos que tienes como empleado establecidos en la Ley Federal del Trabajo.
La segunda se reparte en proporción del monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante ese año. De igual manera, si los empleadores que dependen de las compañías de outsourcing tienen alguna duda pueden llamar a la Profedet para aclarar cualquier inquietud.
No obstante, una empresa seria y con experiencia en tercerización cumple con toda la normatividad vigente establecida por la ley y busca proteger y salvaguardar los derechos de los empleados en un trabajo, cómo lo hace Kelly Services que busca conectar al talento con las empresas protegiendo sus derechos y otorgando lo que por ley corresponde, incluyendo el reparto de utilidades.
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